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Terms & Agreements

términos y condiciones de registro de ofertas de socios

Términos y condiciones

Al enviar este formulario de registro de ofertas («registro de ofertas») y teniendo en cuenta el acuerdo de SCW de permitir a los socios revender las ofertas de SCW de conformidad con (a) el acuerdo principal de socios y/o el acuerdo de distribuidor; o (b) la remisión de SCW por parte del socio a un posible usuario final, entre usted y la entidad SCW (definida a continuación) de conformidad con cualquier registro de oferta aprobado, usted:

  1. acepto los siguientes términos y condiciones (términos de registro de ofertas de socios) como representante autorizado de la empresa identificada como el distribuidor o socio que se indica a continuación;
  2. declara y garantiza que está autorizado a registrar el registro de la oferta; y
  3. reconoce y acepta que será responsable de los actos y omisiones de cualquier persona que presente un registro de oferta en su nombre. Si no puede o no está autorizado a enviar el registro de la oferta, acepte las condiciones de registro de la oferta y no lo haga.

1. Definiciones

Todas las referencias a «SCW» en este documento se considerarán una referencia a la entidad SCW aplicable de la siguiente manera:

SCW Entity

Location of End Users

Governing Law

Secure Code Warrior Limited Europe, Middle East, Africa (EMEA) England and Wales
Secure Code Warrior Pty Limited Asia-Pacific region New South Wales
Secure Code Warrior, Inc. Americas New York

Territorio autorizado se refiere al territorio establecido en el anexo A del Programa de revendedores dentro del cual el Socio está autorizado a revender las ofertas de SCW a los usuarios finales;

Usuario final se refiere a un cliente que compra productos y/o servicios del Socio, o de SCW en el caso de un Socio de referencia, para el uso personal o empresarial de dicho cliente y no para su transferencia, reventa o prestación de servicios a terceros;

Ofertas de SCW se refiere a los productos y servicios de SCW que figuran en la lista de precios de SCW para el territorio autorizado del socio;

Programa de socios de SCW se refiere al Programa de socios de SCW disponible en el portal de socios, modificado y actualizado periódicamente por SCW;

Lista de precios de SCW se refiere a los precios de lista vigentes en ese momento de las ofertas de SCW publicados por SCW en el portal de socios de SCW, que SCW puede modificar de vez en cuando a su entera discreción.

2. Expiración/rescisión

El registro de una oferta solo es válido hasta la fecha siguiente:

  • (a) Para revendedores: ciento ochenta (180) días; o
  • (b) Para recomendaciones: noventa (90) días a partir de la fecha en que SCW apruebe el registro de la oferta (y a menos que se acuerde lo contrario por escrito).

El proceso para la aprobación o el rechazo del registro de la oferta por parte de SCW se establece en los términos del Programa de revendedores y tal como se describe en el portal de socios de SCW.

3. Precios

A partir de la fecha de aprobación del registro de la oferta y sujeto al cumplimiento por parte del socio de las condiciones del programa de socios de SCW o del acuerdo principal de socios, el revendedor puede comprar las ofertas de SCW incluidas en este registro de la oferta y revenderlas al usuario final. Con sujeción a las condiciones del cronograma para distribuidores, el distribuidor y los usuarios finales deben negociar los precios de forma independiente.

4. Garantías y obligaciones del socio

El socio declara y garantiza que ha obtenido todos los consentimientos, aprobaciones y otras autorizaciones necesarias para cumplir con sus obligaciones en virtud de este registro de ofertas y que cumplirá con todas las leyes aplicables en relación con sus actividades en virtud de las condiciones de registro de ofertas.

5. Disposiciones generales

Cualquier notificación o solicitud en el marco del registro de la oferta debe hacerse por escrito y se considerará entregada tres (3) días hábiles después de su envío por correo certificado o certificado a la dirección indicada en el Acuerdo de socio.

6. Ley que rige

La ley aplicable es la que se describe en las definiciones.

Las partes acuerdan que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) no se aplica a este registro de transacciones.

7. Resolución de conflictos

En caso de conflicto entre el registro de la oferta, las condiciones de un revendedor firmado o el acuerdo de recomendación entre SCW y el socio, prevalecerán las condiciones del acuerdo de revendedor y/o recomendación con respecto a dicho conflicto.

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